viernes, 24 de junio de 2016

¿EL CONTRATO A TÉRMINO FIJO SE PUEDE CONVERTIR EN INDEFINIDO?
 
Son muchas las inquietudes sobre este tema expresadas por nuestros usuarios, por cuanto se tiende a confundir que un contrato a término fijo se convierte en indefinido después que se ha renovado en varias ocasiones.
Según el artículo 46 del código Sustantivo del Trabajo:
“…El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente.
1. Si antes de la fecha del vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.
2. No obstante, si el término fijo es inferior a un (1) año, únicamente podrá prorrogarse sucesivamente el contrato hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año, y así sucesivamente…”
A fin de aclarar este puntual tema,  vale la pena mencionar que cuando la norma hace referencia a que el contrato a término fijo es renovable indefinidamente, alude a que  las partes acuerdan el termino inicial de duración del contrato, pero si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisa por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato,  este se renueva indefinidamente sin que ello signifique que se modifique la naturaleza del mismo a un contrato a término indefinido; es decir, seguirá siendo contrato a término fijo, pero su renovación se hace periódicamente según sea el caso.
La única forma que un contrato a término fijo se puede convertir en indefinido, es por acuerdo entre las partes, cuando el empleador y el trabajador de mutuo acuerdo así lo convengan y lo dejen estipulado preferiblemente por escrito.
Elaborado por: Buenas Gestiones Legales Abogados 
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